Nen, ja no tens excusa!
Tarjeta de Tenencia y Uso de Armas de Aire Comprimido. Solicitud de Tarjeta de Tenencia y Uso de Armas de Aire Comprimido. - Tarjeta de Armas de Tipo A: Carabinas y Pistolas de tiro semiautomático y de Repetición, y revólveres de doble acción, accionadas por aire o gas comprimido no parecidas a escopetas. - Tarjeta de armas de Tipo B: Carabinas y Pistolas, de ánima lisa o rayada, y de un solo tiro, y revólveres de acción simple, accionadas por aire o gas comprimido no parecidas a escopetas. Quién puede solicitarlo
- Personas mayores de 18 años.
- Personas con edad comprendida entre los 14 y 18 años en cuyo caso, la tarjeta iría a nombre del padre o tutor de éste.
Cúando puede solicitarse
Todo el año.
Pasos a seguir
1. Presentación de la documentación requerida en la Unidad Administrativa de la Policía Local.
2. Personarse en la OMAC para que se le practique la liquidación de la tasa.
3. Pago del importe correspondiente en la OMAC mediante tarjeta de crédito o cualquier entidad bancaria si el pago se hace en efectivo.
4. Recogida de la tarjeta previa entrega de la carta de pago, en la unidad Administrativa de la Policía Local.
Documentación necesaria
1. Fotocopia del DNI del solicitante.
2. Factura de compra del arma.
3. Tarjeta del arma que proporciona el vendedor.
4. Presentar el arma para la que se solicita la Tarjeta.
Observaciones
Las tarjetas de armas de tipo A son de carácter permanente, mientras que las de tipo B tienen que renovarse cada 5 años.
La tasa puede pagarse antes de que se aporte la documentación en la Policía o después (una vez concedida la licencia). Si pagada la tasa no se concediera la licencia la Policía Local tramitaría la devolución del importe pagado.
Plazo de resolución
Máximo 10-15 días.
Importe
5,78 €
Órgano de resolución
Policía Local, por orden del Señor Alcalde.